El Ministerio de Economía dicta las normas por las que se regirá Ofesauto

El BOE del pasado 26 de julio publica la orden del Ministerio de Economía mediante la cual se dictan las normas por las que se regirá Ofesauto.

Así pues, según indica el Boletín oficial del Estado, se configura el marco legal al que Ofesauto debe ajustar su actividad y las entidades que deben integrarse en la asociación junto con el Consorcio de Compensación de Seguros, así como su régimen jurídico y de gobierno. Se definen los distintos organismos, personas físicas y jurídicas, y tipos de documentos acreditativos del aseguramiento obligatorio de los vehículos a motor que intervienen en el ámbito del tráfico internacional de dichos vehículos y, más específicamente, en el de la protección de los perjudicados por accidentes producidos en dicho ámbito.

Teniendo en cuenta que Ofesauto no tiene la condición de entidad aseguradora y no actúa como responsable última de la cobertura del riesgo y del abono de la indemnización en la regulación de Ofesauto como oficina nacional de seguro y como organismo de indemnización se distingue, en cada caso, entre las obligaciones que le corresponde asumir y las acciones de reembolso que le corresponde a continuación ejercer como acreedor por el importe de las indemnizaciones que hubiese anticipado frente a las entidades aseguradoras u organismos que señala esta orden dependiendo de los supuestos que dan lugar a la intervención de Ofesauto.