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09 de junio
14:06 2026
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El Colegio de Navarra profundiza en la RC del agente de seguros tras una reciente sentencia del TS

El Colegio de Mediadores de Seguros de Navarra ha organizado una jornada para profundizar en la responsabilidad civil del agente de seguros, un asunto que ha cobrado protagonismo tras una reciente sentencia del Tribunal Supremo (STS 1692/2025), por la que ha condenado a un agente de seguros a indemnizar a su propia aseguradora con más de 100.000 euros.

Esta sesión, a la que asistieron alrededor de una treintena de personas entre colegiados y no colegiados, ha contado con varios expertos que han desgranado este criterio del Tribunal Supremo. En primer lugar, Miriam Arnedo, secretaria de la junta directiva del Colegio de Navarra y agente exclusiva, ha explicado el objetivo de esta jornada: "Entender mejor dónde están los límites, cuáles son las responsabilidades de los agentes y qué enseñanzas prácticas se pueden extraer". "Muchos agentes hemos trabajado con la convicción de que la responsabilidad civil profesional derivada de nuestra actuación quedaba plenamente asumida por la compañía. Sin embargo, esa percepción ha generado, en ocasiones, una sensación de seguridad que esta sentencia nos obliga a revisar", ha argumentado.

César Villaizán, presidente del Colegio de Mediadores de Seguros de Palencia y miembro del área jurídica del Consejo General, ha puesto el foco en el artículo 143.1 del Real Decreto-Ley 3/2020, precisando que "una cosa es la imputación a la entidad aseguradora y otra que el agente carezca de responsabilidad". Y ha añadido: "El agente no está obligado a contratar un seguro de Responsabilidad Civil, pero ya había una recomendación de la Comisión Europea de 1991 que aconsejaba a los Estados miembros exigir un seguro de RC a los mediadores". Y, a continuación, se ha referido al peso específico de la red agencial dentro de la distribución de seguros: "La actividad agencial es la más importante dentro de la mediación por número; por tanto, también es la mayor generadora de responsabilidad".

Carlos Montesinos, director general de CGPA Europe en España, ha recordado que los mediadores "como empresarios mercantiles" están "sujetos al mismo conjunto de deberes y obligaciones que cualquier empresario", aunque con la particularidad de que desarrollan "una actividad hiperregulada". Además, ha advertido de que "nos encontramos en una cultura de reclamación en auge, en la que el cliente, si ve que su expectativa no se cumple con la realidad del servicio que se ha prestado, va a reclamar". "Nadie está exento de recibir una reclamación", ha alertado. En este contexto, ha recomendado a los asistentes que atender, revisar y comprobar la información que se entrega al cliente ya que "es lo primero que se revisa ante un siniestro de responsabilidad civil". Asimismo, Carlos Montesinos ha explicado que dicho artículo 143 desmonta el falso mito de que el agente carece de cualquier tipo de responsabilidad. "La norma no está para proteger a los mediadores, sino para proteger a los consumidores", ha afirmado.

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